Congreso despacha a ley el nuevo marco de Reglas del Uso de la Fuerza para Fuerzas Armadas y Policías.
En una jornada decisiva para la agenda de seguridad del país, el Senado aprobó este miércoles el informe de la comisión mixta sobre el proyecto que establece las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF). La iniciativa contó con 29 votos a favor, 15 en contra y una abstención, completando exitosamente su tramitación parlamentaria tras más de tres años de discusión y quedando en condiciones de ser promulgada como ley de la República.
El nuevo marco normativo busca regular y unificar el actuar de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como de las Fuerzas Armadas cuando estas intervengan en labores de resguardo del orden público o en la protección de infraestructura crítica. La ley consagra principios fundamentales como legalidad, necesidad, racionalidad, proporcionalidad y responsabilidad, orientados a brindar certeza jurídica al personal operativo y asegurar la protección de la ciudadanía.
Un modelo de uso progresivo de la fuerza
Entre sus disposiciones centrales, la legislación consagra un modelo de escalamiento gradual en la respuesta frente a incidentes. El protocolo se inicia con el despliegue disuasivo y la persuasión verbal, transita por el uso de elementos menos letales y el control físico, y contempla el empleo de munición de salva en etapas intermedias de contención.
Asimismo, la ley autoriza expresamente el empleo de escopetas con munición antidisturbios únicamente ante situaciones de peligro grave e inminente para la vida o integridad física de terceros, de efectivos policiales o militares, o ante amagos críticos en recintos militares e infraestructura sensible. Respecto del uso de fuerza potencialmente letal, la normativa limita su aplicación a casos donde los medios previos resulten insuficientes, bajo hipótesis estrictamente reguladas como el cumplimiento del deber y la legítima defensa.
Durante los acuerdos alcanzados en la comisión mixta, las autoridades determinaron la exclusión de Gendarmería de Chile del alcance de esta iniciativa, por lo que las facultades y protocolos de dicha institución mantendrán su regulación legal y reglamentaria sectorial específica. Con el término de su paso por la sede legislativa, el Ejecutivo queda habilitado para concretar la promulgación del texto y proceder a su posterior publicación en el Diario Oficial.